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La regularización extraordinaria incrementa las consultas a abogados de extranjería en Sevilla

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Méndez Izquierdo Abogados destaca la importancia de revisar los expedientes pendientes y estudiar las alternativas de residencia y nacionalidad española

La provincia de Sevilla registró 33.690 solicitudes durante el proceso extraordinario de regularización de personas extranjeras desarrollado entre abril y junio de 2026, según el balance provisional publicado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

La cifra sitúa a Sevilla como la segunda provincia andaluza con mayor número de solicitudes, únicamente por detrás de Málaga. En el conjunto de Andalucía se presentaron 161.557 expedientes, mientras que el total nacional alcanzó 1.174.978 solicitudes.

Estos resultados superan ampliamente la estimación inicial del Gobierno, que había calculado alrededor de 500.000 potenciales personas beneficiarias. No obstante, el número de solicitudes presentadas no equivale al de autorizaciones finalmente concedidas, ya que cada expediente debe ser revisado y resuelto por la Administración.

Más población extranjera residente en Sevilla
Los datos de la regularización extraordinaria coinciden con el crecimiento de la población extranjera en la capital hispalense. Sevilla contaba a 1 de enero de 2025 con 65.065 residentes de nacionalidad extranjera, que representaban el 9,32 % de la población municipal.

La cifra aumentó un 7,9 % en un solo año, frente al crecimiento del 0,1 % registrado por la población total de la ciudad.

Méndez Izquierdo Abogados, despacho especializado en Derecho de Extranjería y Protección Internacional en Sevilla, señala que este contexto se está traduciendo en un aumento de las consultas relacionadas con el seguimiento de los expedientes de solicitud de autorización de residencia y trabajo en virtud de la regularización, el acceso a las notificaciones de habilitación provisional para trabajar, comunicaciones de inicio de procedimiento, la respuesta a los requerimientos de documentación, así como con los requisitos que se deberán cumplir para poder renovar este tipo de permisos cuando termine su año de vigencia.

«Una vez presentada la solicitud, es fundamental controlar las notificaciones y responder correctamente a cualquier requerimiento que efectúe la Dirección General de Gestión Migratoria. También es necesario recordar que algunas de las personas que no accedieron a la regularización extraordinaria pueden tener otras posibilidades de obtener otro tipo de autorización de residencia y trabajo», explica Ángela Méndez, abogada especialista en Extranjería y Protección Internacional de Méndez Izquierdo Abogados.

Cada expediente requiere un análisis individual
El Reglamento de Extranjería actual contempla diferentes modalidades de arraigo: de segunda oportunidad, sociolaboral, social, socioformativo y familiar. Con carácter general, se exige acreditar dos años de permanencia continuada en España (salvo en el arraigo familiar en el que no es necesario demostrar permanencia previa), además de cumplir los requisitos específicos de cada tipo de arraigo.

También están aumentando las consultas sobre solicitud de nacionalidad española por residencia. Para acceder a ella, el periodo de residencia en España correspondiente debe haberse cumplido mediante una residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud, junto con los requisitos de buena conducta cívica e integración, entre otros.

«El empadronamiento, por sí solo, no supone tener permiso de residencia ni permite solicitar automáticamente la nacionalidad española. Antes de iniciar un procedimiento de solicitud debemos comprobar la situación administrativa, la documentación identificativa, las ausencias de España y los antecedentes penales de cada persona», añade Ángela Méndez.

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